Lo condenaron a nueve años de cárcel por abusar de su hija durante un año
Los ultrajes empezaron cuando ella tenía 12 años y se reiteraron prácticamente a diario hasta los 13. La joven se animó a denunciar cuando era mayor de edad.
El juez de la Cámara de Apelaciones de la Tercera Circunscripción Judicial, Daniel Sanchiño, condenó a S.F.G. a nueve años de prisión, por considerarlo autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por el vínculo, por el grave daño a la salud psíquica de la víctima y por ser cometido en contra de una persona menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia preexistente.
La damnificada, cuyas iniciales son I.G., tiene 23 años y es hija biológica del ahora condenado.
Los hechos juzgados ocurrieron entre 2012 y 2013 en Talita, localidad del Departamento Junín ubicada a pocos kilómetros de Quines, pero fueron denunciados en enero de 2021 cuando la madre de la víctima se enteró de lo sucedido por medio de una amiga, a quien su hija le confesó los abusos sufridos.
La joven ratificó la denuncia, refiriendo que los ultrajes empezaron cuando ella tenía 12 años y se reiteraron prácticamente a diario hasta los 13. Las agresiones sexuales consistieron en tocamientos y actos impúdicos e, incluso, su padre trató de accederla carnalmente en una oportunidad, cuando fueron al campo a juntar leña.
S.F.G. fue procesado con prisión preventiva en septiembre de 2021 y, este 20 de diciembre, se resolvió su situación procesal por medio de un juicio abreviado.
En el acuerdo celebrado entre el ministerio Público Fiscal, representado por Mario Zudaire, y la defensa del imputado, ejercida por el defensor Oficial en lo Penal, Francisco Pérez; se convino una pena de nueve años de prisión efectiva, accesorias de ley y costas del proceso, luego de que el acusado reconociera la existencia del hecho, la calificación legal y su autoría en el mismo.
Como atenuantes, consideraron la ausencia de antecedentes penales computables y, como agravantes, la naturaleza de la acción desplegada para obtener el resultado querido y la extensión del daño causado, teniendo en cuenta las consecuencias de la comisión del delito sobre la psiquis de la perjudicada.
La víctima estuvo presente en tribunales, pero decidió no ingresar a la audiencia ni efectuar manifestaciones.
Ante el juez, S.F.G. ratificó lo expuesto por las partes en el acuerdo, dijo ser el autor del delito atribuido y aceptó la imposición de la pena convenida.